Aumentan las críticas a la ley de Reformas Electorales
La reforma al Código Electoral pasó el primer debate con modificaciones sobre libre postulación, financiamiento y hasta doble postulación. Sectores políticos piden revisar varios de los cambios
El Proyecto de Ley 699, que reforma el Código Electoral avanza en el segundo debate, en medio de llamados de distintos sectores a revisar las modificaciones aprobadas en la Comisión de Gobierno antes de que el pleno de la Asamblea decida sobre su contenido.
Entre los cambios que contempla la ley están la posibilidad de que una persona que sea electa para dos cargos mantenga ambos durante el período, aunque solo ejerza uno; un tope de hasta B/.10 millones en financiamiento privado para las campañas presidenciales.
La propuesta también establece que las directivas de los partidos sean elegidas mediante nóminas cerradas y bloqueadas, mientras que las primarias para distintos cargos podrían realizarse el mismo día y se permitirían alianzas entre partidos. Además, contempla sanciones por insultos, difamación y uso no autorizado de imagen o voz en propaganda electoral.
Uno de los puntos que más cuestionamientos ha generado es el aumento del 2% al 3% del porcentaje de respaldo requerido para constituir un nuevo partido político. También se modifican las condiciones para los candidatos por libre postulación, incluyendo un mayor requisito de firmas y cambios en los plazos para obtenerlas.
Otro punto de controversia es la representación legal de los partidos. El proyecto establece que esta recaiga en los presidentes de las organizaciones, una disposición cuestionada por dirigentes como Balbina Herrera, secretaria general del PRD, quien sostiene que la organización interna de los partidos debe respetar sus estatutos y mecanismos democráticos.
El diputado Luis Varela también cuestionó que la ley establezca reglas sobre asuntos que, a su juicio, deberían quedar en manos de cada partido, como la elección de sus directivas y la representación legal.
ml | Se abordó el procedimiento para determinar la asignación de curules por resto mayor (o residuo mayor) cuando los partidos políticos no hayan obtenido escaños mediante el cociente o medio cociente. En términos generales, primero se identifica el partido al que corresponde la curul y posteriormente se determina cuál de sus candidatos obtuvo la mayor cantidad de votos para asignársela. Además, se analizó el caso de los candidatos que participan en alianzas entre partidos y aparecen identificados con la letra “R”. Con las modificaciones, las curules deberán distribuirse aplicando el mecanismo de resto mayor.