Ley para regular la publicidad en redes sociales genera debate
Creadores de contenido y expertos piden que se analice a profundidad este nuevo anteproyecto
El anteproyecto de ley de la diputada Walkiria Chandler para regular la publicidad de los creadores de contenido digital ha encendido un intenso debate en las redes sociales.
La propuesta busca que todo contenido patrocinado sea identificado visiblemente como publicidad para proteger a los usuarios, especialmente a los menores de edad. “Esta ley lo que está buscando es que se identifique la publicidad como publicidad. Que, si al creador de contenido le pagaron, le regalaron un producto, le pagan un viaje o tiene un patrocinio, tiene que indicar que eso pasó”, explicó la diputada Chandler, detallando que la iniciativa se apoya en la actual Ley de Protección al Consumidor (Ley 45 de 2007) sin añadir costos ni burocracia estatal.
La diputada justificó la urgencia de la norma citando que uno de cada tres usuarios de redes sociales es menor de edad y corre el riesgo de caer en engaños o peligros de salud al idealizar a estas figuras.
“Si este influenciador, que el usuario cree que es alguien de confianza, me está diciendo que tengo que tomarme tantas pastillas de tal cosa porque voy a ser más hermosa, yo le voy a hacer caso porque me lo está diciendo mi amiga”, advirtió Chandler, agregando que conoce el caso de una niña que terminó intoxicada en el hospital por consumir vitaminas promocionadas de esta manera.
Además, desestimó las quejas de que esto arruinaría el mercadeo argumentando que “la publicidad honesta no tiene que temer decir que es publicidad”.
Mientras, diversos creadores de contenido explicaron que no todo lo que se comparte sobre un servicio o producto es publicidad pagada.
ml | La diputada Walkiria Chandler aseguró que la iniciativa no limita la libertad de expresión, sino que busca que los consumidores puedan identificar cuándo un contenido responde a una promoción comercial. Además, afirmó subrayó que: “Esto no le cuesta ningún centavo a nadie. No estamos generando tributos, impuestos ni costos para nadie”.
Artículo 6: El cumplimiento del deber de transparencia se acreditará mediante el uso, en lugar visible y al inicio de la comunicación, de los siguientes identificadores: 1. Las etiquetas #Publicidad, #Patrocinado, #Colaboración, #Anuncio o #PublicidadPagada.
No se admitirán como identificadores válidos las menciones genéricas que no permitan al consumidor identificar con claridad la existencia de una contraprestación.
Artículo 9: Queda prohibida toda comunicación comercial que debiendo identificarse conforme a la presente Ley, omita hacerlo o lo haga de manera parcial. La omisión de la identificación constituye, por sí misma, publicidad engañosa para los efectos de la Ley 45 de 2007.
Artículo 11, punto 4: Cuando el creador de contenido sea una persona menor de edad, la responsabilidad por el cumplimiento de esta Ley recae solidariamente en sus progenitores, tutores o representantes legales y en el anunciante.
Lía Hernández, abogada digital | España lanzó una ley de influencers hace ya casi 4 o 5 años, y la finalidad de esa ley principalmente es que ellos tributen y paguen impuestos. En Panamá, hay agencias que se dedican a gestionarle estos contratos a los influencers y yo supongo que la que tributará es la agencia, pero el influencer no. Entonces, yo creo que aquí hay que verlo desde el punto de vista no únicamente de la economía digital, de lo que pasa en el internet y demás, también hay que verlo desde el punto de vista de asuntos del consumidor porque la cuestión aquí se torna un poco complicada en cuanto a si queremos que los influencers estén regulados, también tenemos que regular a los repartidores de delivery.
Puede que el proyecto sea retirado y se tome de una forma diferente. Creo que debe ser tomado desde otro punto, no únicamente del punto de vista de la publicidad y la relación que hay entre el comercio y demás. Porque el comercio si le paga al influencer, es porque el comercio de una manera u otra declara eso que le paga al influencer como un servicio profesional.
Jesús “Chucho” Barrios, Especialista en comunicación | El tema es que se mezclan muchas cosas. Cuando te habla de proteger a los niños y adolescentes de lo que ellos están recibiendo como información o contenido, eso abre un debate amplio. ¿Qué hace un niño menor de 13 años metido en redes sociales? Si las redes sociales tienen un control parental y muchas te obligan a tener 13 años o más. Dos, ¿el niño paga las cosas que compra? O sea, no quiero pecar de ingenuo, pero aquí hay un control parental que no es solo de plataforma, es un control de los padres de lo que ocurre con los niños.
También mezcla las leyes de artículos de protección al consumidor y publicidad engañosa, eso ya está definido. Si tú me dices que esto es naranja y resulta que es limón, entonces tú me estás engañando porque resultó limón y no era naranja como tú me lo comunicaste. Ya, así hablando metafóricamente, eso está claro.
La persona tiene derechos, entonces, desde la parte jurídica, cualquier persona que se sienta afectada en la actualidad puede ir a la Acodeco, muestra una imagen, muestra un video, muestra una publicidad, muestra todo lo que es donde se siente engañado o que solicitó información que no fue revelada y eso le ocasionó alguna afectación, ya existen normas para eso. Lo que debemos hacer es recordar que existe y promover buenas prácticas. Y eso es parte de lo que debería suceder en el día a día.
Por otro lado, cuando tú contratas a alguien que practica la línea de lifestyle o un creador de contenido que está comiendo en un restaurante y dice: “Oye, esta chicha de naranja está buena”. No es que le pagaron publicidad. No siempre se paga, a veces es intercambio o a veces simplemente es un conocido que lo estás ayudando con su chicha de naranja. Entonces, ¿yo tengo que reportar eso? Y esta bola pica y se extiende porque esto es ahora con los influencers, pero ¿qué pasa con los visitadores médicos? ¿Qué pasa con los doctores de odontología? ¿Qué pasa con cualquier médico que te da una pastilla o te recomienda algo o el laboratorio entonces ese médico tiene que decir que eso es publicidad también o que le están pagando por eso? O sea, esta ley abre muchas cosas.
Cibeles De Freitas, Conferencista | Respeto a la diputada Walkiria, sin embargo, considero que esta propuesta no responde a una necesidad real ni a las prioridades que hoy tiene el país.
La publicidad de creadores de contenido ya es fácilmente identificable por las audiencias y las propias plataformas cuentan con herramientas para señalar el contenido patrocinado.
Panamá necesita normas que resuelvan problemas reales, no regulaciones que añadan burocracia a una industria que impulsa el emprendimiento y la economía digital para muchos de nosotros.
Orman Innis, locutor | Si el proyecto hablara que las personas que hacen publicidad en redes sociales deben tener licencia de locución o permiso de locución para hablar como en la radio, que si tú no tienes permiso de locución, no puedes hacer comerciales, lo entiendo.
Si tú me dices a mí que si yo voy a hablar de un tema médico u ofrecer un producto médico, debo ser idóneo o salir con un doctor, te lo entiendo.
Si tú me dices a mí que si voy a hablar de temas legales, tengo que estar con un abogado al lado, te lo entiendo. Pero que me digas a mí que si estoy publicitando un restaurante tengo que decirle a la gente, “no, mira, esto que yo estoy haciendo es una publicidad. Es pagada, no pagada, lo que sea”, ¿tú crees que la gente no sabe que cuando un influencer o un creador de contenido sale hablando de un producto es una publicidad?
Entonces, los niños no deben estar comprando nada, para eso tienen a los papás. Tienen que regular a los papás, en vez de a los niños.
Franklyn Robinson, periodista | Sí lo leí (el anteproyecto), y lo único que veo son más ganas de presionar a los microempresarios. Ya bastante jodidos estamos como para que ahora salgan con esto que no nos ayuda en absolutamente nada.
Tenemos a todas las instituciones ahorcándonos con trámites, impuestos y requisitos, y esto solo agrega otro problema más. Es un absurdo.
Además, se pierde la magia de la comunicación y la libertad de expresión. Si yo voy a un lugar, me atienden bien y decido recomendarlo, eso no necesariamente es publicidad; es mi opinión y tengo derecho a expresarla.
¿Y cómo van a determinar ellos cuándo una publicación es publicidad y cuándo simplemente es una opinión genuina?