Conflicto en la Junta Comunal de San Francisco por destitución de funcionarios
Tras la denuncia interpuesta por un grupo de trabajadores de la Junta Comunal de San Francisco, en el que aseguran no poder entrar a sus puestos de trabajo, a pesar de ser trabajadores “permanentes” del Municipio de Panamá, el departamento de prensa de la representante Serena Vamvas explicó: “la denuncia enviada por el sr. Javier Pretto, quien ha sido funcionario al servicio de la Junta Comunal de San Francisco durante los últimos 20 años, se refiere al estatus actual de los empleados permanentes del Municipio de Panamá (MUPA) que ejercían sus funciones en nuestra Junta Comunal”.
Manifestaron que “estos funcionarios fueron convocados el miércoles 26 de junio para un proceso de entrevistas y revisión de sus funciones. No todos asistieron, y luego de una evaluación, a pesar de los 20 años de servicio, no cumplían con los parámetros necesarios para poder continuar en los espacios asignados”.
Finalmente, de la oficina de prensa de Vamvas detallaron que “hemos solicitado de manera formal al MUPA, cumpliendo con los requisitos de ley, la destitución de estos funcionarios que ejercen sus funciones en la Junta Comunal de San Francisco. Se ha comunicado a estos funcionarios que deben presentarse en las oficinas del MUPA para cualquier consulta que consideren conveniente. Estas acciones son consecuencia de una lamentable transición, durante la cual no se nos brindó información administrativa, ni sobre la planilla de empleados. Nos mantenemos cumpliendo los parámetros de ley para alcanzar los cambios necesarios para comenzar una transformación profunda de nuestro corregimiento”.
En cuanto a este hecho, Augusto Berrocal, abogado de la Federación Nacional de Asociaciones y Organizaciones de Empleados Públicos (FENASEP), respondió “las junta comunales pueden tener tanto trabajadores de confianza de los representantes, pero también puede tener trabajadores permanentes de la alcaldía y no se puede despedir verbalmente a ninguno. Ese no es el procedimiento correcto, si lo van a destituir debe ser por escrito. Si son trabajadores del Municipio, es el Alcalde quien hace el despido”.
Berrocal agregó que cada junta comunal y municipio tiene su reglamento interno, que establece el procedimiento o en su defecto la Ley 9 de 1994, de Carrera Administrativa.