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Abogados rechazan nuevos requisitos para idoneidad

Juristas afirman que el examen de barra debe seguir siendo la opción ideal

06 de marzo de 2026

La Corte Suprema de Justicia de Panamá, a través de su Sala Cuarta, emitió el acuerdo que establece el nuevo procedimiento de certificación e identificación de los abogados idóneos en el país.

Según el documento, publicado en la Gaceta Oficial de Panamá el miércoles 4 de marzo, las personas interesadas en obtener el certificado de idoneidad para ejercer la abogacía deberán aprobar un programa de inducción sobre principios éticos para nuevos abogados.

El acuerdo también establece que los aspirantes deberán cumplir con al menos una de las siguientes opciones: aprobar el examen profesional de acceso al ejercicio de la abogacía, publicar su tesis de graduación en una revista indexada o especializada, o realizar servicio voluntario.

Al respecto, el catedrático Miguel Antonio Bernal manifestó que esta decisión le pasa la pelota a la facultad de derecho de la Universidad de Panamá. Bernal indicó que “desde que se empezó, yo le puse un recurso de inconstitucionalidad, pero la Corte me lo echó para atrás. Cambiaron la ley, pero considero que esta viene con vacíos.

En tanto, el abogado Rodrigo Noriega señaló que “la corte solo se ajusta al cambio de la ley que elimina el examen de barra, en lo personal dada a la proliferación de universidades privadas; yo sigo recomendado el examen y un buen servicio social que esté bien dirigido”.

Por su parte el expresidente del Colegio de Abogados, Juan Carlos Araúz, explicó: “Mediante este acuerdo, la CSJ ha tenido que desarrollar administrativamente una ley que llegó con poco contenido operativo. Y enfatizo que con esta acción la corte suprema reafirma que el control del acceso al ejercicio de la abogacía les corresponde a ellos”.

La ley N° 350 del 2022 establecía que para obtener el certificado de idoneidad se debía aprobar el examen de barra
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