Opinión

Las funciones de la ASEP en Panamá

12 de marzo de 2024

Debemos tener presente que la Constitución Nacional en su artículo 284 señala que: El Estado intervendrá en toda clase de empresa a fin de hacer valer la justicia social, por medio de regulaciones especiales que consideren las tarifas, los servicios y los precios de cualquier naturaleza, y especialmente los de primera necesidad.

Teniendo en cuenta el aspecto Constitucional, podemos determinar, que el Estado puede tomar acciones o medidas en contra de las empresas privadas de orden genérica y estrictas, con sentido económico, a fin de enmarcar la intervención del Estado en las actividades privadas fijando normas, con el objetivo de procurar el bienestar colectivo en planos de igualdad y equidad nacional.

Por ende, el Estado crea la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), mediante Ley de la República N.°26 de 29 de enero de 1996, denominándola “Ente Regulador de los Servicios Públicos”; y posteriormente, se reorganiza a través del nombre de ASEP, mediante el Decreto Ley No.10 de 22 de febrero de 2006, como organismo autónomo del Estado con personería jurídica y patrimonio propio, con derecho a administrarlo y con fondos separados e independientes del Gobierno Central, teniendo a su cargo el control y la fiscalización de los servicios públicos a nivel nacional. Es decir, que la ASEP tiene competencia para ejercer el poder de regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas natural, en adelante llamados servicios públicos, según lo establecen la presente Ley y las leyes sectoriales.

Así pues, la intervención estatal busca conjugar los requerimientos del bienestar general y las necesidades de rentabilidad en el sistema económico panameño, apoyando a la microeconomía y a los ciudadanos del país, ante los aumentos desconsiderados de los servicios que brindan las empresas privadas, evitando el abuso de la oferta y demanda; promoviendo un desarrollo pacífico de la actividad económica en el suelo patrio.

* Docente.

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