El caso Bambito se asoma con fallo y apelación
Veinte años después, una disputa legal entre propietarios tiene un nuevo fallo en relación a este hotel en Chiriquí
Luego de 20 años, el juzgado quinto de circuito de Chiriquí, de la rama civil, condenó a la sociedad Grupo Caribe, S.A. propietaria del Hotel Bambito, a pagar la suma de 6 millones 631 mil dólares por indemnización a Mercedes De León de Hemmerling, quien alegó, en una demanda, que fue despojada de los actos corporativos de dicho hotel de “manera fraudulenta”.
El fallo judicial fue apelado por la contraparte, dijeron fuentes judiciales. Según el abogado Julio Leal, representarte legal de Hemmerling, el fallo reconoce la pretensión de su clienta como accionista de la sociedad Luz de Luna (MOOLINGT, ING), luego que se lograron anular los actos corporativos que calificó “fraudulentos, que se dieron para despojar al Hotel Bambito de su clienta”.
Leal explicó que actualmente el fallo tiene dos meses de estar paralizado, “porque el Tribunal de Instancia no hace las gestiones para notificar a las defensas de los señores”, en este caso a los abogados de Alcibíades González, Mytles Larner y al Grupo Caribe S.A.
“Esta señora tiene más de 20 años exigiendo sus derechos y luego de ese tiempo se le reconoció, pero estamos a la espera de que notifiquen a las partes, para luego continuar con el debido proceso y que quede en firme”, recaló Leal.
El documento emitido por el juzgado detalló que “en definitiva, las constancias procesales revelan la obligación de restituir los bienes inmuebles deviene de lo dictaminado en el proceso sumario promovido por Mercedes De León Hemmerling y sobre las cuales se decretó la nulidad del acta de Junta Gerencial de Accionistas celebrada el 13 de junio de 1990”.
El dictamen también indica: “comprobando los ingresos percibido por el Grupo Caribe, S.A., propiedad del Hotel Bambito desde 1994 al 30 de junio de 2021, por la suma de 23,921,774.35”. Se ordenó “al Registro Público cancelar la inscripción de la demanda dentro del proceso ordinario de la acción reivindicatoria instaurada por la sociedad Luz de Luna S.A. MOOLINGT, ING”. Sobre este caso, se conoció que la contraparte ya presentó la apelación ante dicha condena.