Economía

Empresarios solicitan veto al proyecto que aumenta el impuesto a las bebidas alcohólicas; jubilados reaccionan

07 de junio de 2024

La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP), el Sindicato de Industriales de Panamá (SIP) y la Cámara Americana de Comercio e Industrias de Panamá (AMCHAM) solicitaron al presidente Laurentino Cortizo vetar el proyecto de Ley No. 964 que aumenta el impuesto a las bebidas alcohólicas; dirigentes de los jubilados no están de acuerdo.

Consideran que “es crucial replantear el modelo de financiamiento propuesto en el Proyecto de Ley No. 964, que plantea un incremento del 44% en el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) de bebidas alcohólicas. Este incremento no solo tendría repercusiones negativas significativas para la industria, sino que también resultaría insuficiente para cubrir las necesidades actuales”.

Agregan que “el impuesto propuesto requiere más de $45 millones para cubrir a los más de 300,000 jubilados existentes, considerando una bonificación de $140 anuales por jubilado. Sin embargo, un aumento del 44% en el ISC generaría aproximadamente $26 millones en sus mejores años. Esto dejaría una diferencia significativa que la Caja de Seguro Social (CSS) tendría que asumir, una situación que ya fue advertida durante el primer debate de la ley y lamentablemente fue ignorada”.

“No podemos cargar el pago de la bonificación a una industria en particular. El tema de los jubilados es un tema país y todos debemos aportar para resolverlo”, agregan los representantes.

Por su parte, el dirigente de los jubilados Guillermo Cortés manifestó que “ellos hablan de que la imposición sería del 44% y eso no es cierto, cuando en realidad son dos miseros centavos que se van a adicionar al impuesto actual que es de 4 centavos y medio, quedaría en 6 centavos y medio. Eso significa el 30.77%, no el 44%”.

“Ellos siempre quieren ganar/ganar”, sostuvo el representante de los jubilados, quien forma parte del Movimiento Mundos.

El próximo jueves 13 de junio vence el plazo de 30 días hábiles para que el presidente vete o apruebe la ley.

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