Economía

Ejecutivo deberá eliminar ley de moratoria para reactivar la minería

La Comisión Interinstitucional tendrá la palabra final para la reactivación de la actividad minera

18 de agosto de 2026

Para reactivar cualquier actividad minera en el país, el Órgano Ejecutivo “deberá” derogar la Ley 407 de 2023, que establece la moratoria minera, según explicaron abogados, economistas y empresarios del sector.

El abogado Juan Carlos Araúz explicó que, si el Ejecutivo logra un acuerdo con la empresa Cobre Panamá, administrada por Minera Panamá S.A., el contrato podría incluir una cláusula que establezca los mecanismos para eliminar la ley existente. Otra opción sería que el Ejecutivo presente una demanda de inconstitucionalidad contra dicha ley ante la Corte Suprema de Justicia.

Araúz reveló que “para una posible reactivación de la minería, primero tendría que establecerse una mesa de negociación con la empresa Cobre Panamá, donde se definan aspectos como las condiciones de la actividad y los beneficios económicos para el Estado”.

El abogado señaló que “la ley de moratoria simplemente se convierte en un punto más de los que en una negociación se abordarían y se tendrían que encontrar las salidas necesarias para que eso no sea el impedimento de avanzar”.

Asimismo, agregó que “el Ejecutivo puede referirse a la explotación de recursos minerales porque la Constitución lo permite y la Corte nunca ha declarado inconstitucional la actividad”. Además, “si se elige la fórmula de la ley, es tan simple como incluir una cláusula que lo elimine, o que el Ejecutivo presente una demanda de inconstitucionalidad contra la ley”.

La Ley 407 de 2023 establece una moratoria minera por plazo indefinido en todo Panamá. Prohíbe otorgar nuevas concesiones para exploración, extracción, transporte y beneficio de minería metálica, ordena rechazar solicitudes pendientes y prohíbe renovar o prorrogar las concesiones metálicas existentes al vencer su término.

En tanto, el abogado Adolfo Linares comentó que “lo que existe es una ley que declaró una moratoria de las concesiones mineras”. Añadió que “el artículo 257 de la Constitución establece que el Estado tiene derecho a explotar sus recursos naturales. Y esa puede darse por medio de concesiones o por otras formas como contratos administrativos o de cualquier otra forma que considere conveniente”.

Linares afirmó que “lo que se prohibió con la Ley 407 del 2023 fueron solamente las concesiones. Así que, si tomamos eso en cuenta, todas las demás formas que no sean concesiones pueden ser utilizadas. Además, el fallo de la Corte tampoco declaró inconstitucional la minería, solo el contrato ley”.

Mientras, Roderick Gutiérrez, expresidente de la Cámara Minera de Panamá (CAMIPA), dijo que “si el gobierno en representación del Estado decide retomar las actividades mineras, se puede basar en lo que dicta la Constitución de la República de Panamá. Los artículos 257 y 259 de la Constitución de la República de Panamá establecen cómo y quiénes pueden hacer minería en Panamá”. Por otro lado, “también está el Código Minero de la República de Panamá, del cual sigue vigente. Recordemos que el fallo de la Corte Suprema de Justicia solamente habla del contrato, no de la Constitución ni tampoco del Código de Recursos Minerales”.

Gutiérrez afirmó que “esto sería ya un tema entre el gobierno en representación del Estado con la empresa, en donde llegan a un acuerdo y deciden cuál es el modelo que más le conviene, principalmente a Panamá”.

El empresario concluyó que “una vez que se tome la decisión, ellos podrían en 6 meses tener por lo menos el 50% de la actividad reactivada y en 1 año aproximadamente estarían al 100%”.

Por su parte, René Quevedo, consultor laboral, destacó que “la minería está amparada en el Artículo 257, numeral 5 de la Constitución, mientras que, por el otro, la Ley 407 del 3 de noviembre de 2023 establece una prohibición por tiempo indefinido para otorgar nuevas concesiones de exploración, extracción, transporte y beneficio de minería metálica en todo el territorio nacional”.

Quevedo indicó que “una figura podría ser que el Estado estructure un mecanismo legal que permita la creación de una entidad estatal, en asociación con capital privado, para la explotación de la mina de Donoso”.

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