Economía

Aprueban en primer debate uso del CEPANIM en el comercio y para el pago de impuestos

02 de septiembre de 2026

La Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional aprobó con modificaciones, en primer debate, el Proyecto de Ley 663, el cual incentiva la recepción de los Certificados de Pago Negociable por Interés por Mora (CEPANIM) en el comercio, la industria y las instituciones públicas, además de modificar el Código Fiscal.

La iniciativa, presentada por el diputado Javier Sucre, establece que los establecimientos comerciales, las personas naturales o jurídicas y las entidades públicas podrán recibir libremente los títulos CEPANIM por el 100% de su valor nominal como medio de pago directo en la adquisición de bienes y servicios. A partir del 1 de enero de 2027, los comerciantes o contribuyentes que los hayan aceptado podrán utilizarlos como crédito fiscal para cancelar hasta el 65% del total del Impuesto sobre la Renta (ISR) correspondiente al saldo acumulado por pagar al 31 de diciembre de 2025. El monto acogido a este esquema no generará recargos, multas ni intereses.

El proyecto también contempla una deducción o amortización en la determinación de la renta gravable, conforme a las reglamentaciones de la Dirección General de Ingresos (DGI). Asimismo, se adiciona un parágrafo al artículo 694 del Código Fiscal para consagrar formalmente a los CEPANIM, emitidos bajo la Ley 506 de 2026, como un instrumento fiscal compensatorio y liberatorio a partir del periodo fiscal 2027. La DGI quedará encargada de reglamentar el procedimiento de acreditación digital o endoso tributario.

Con esta propuesta, el Órgano Legislativo busca inyectar liquidez a los tenedores de estos certificados y reactivar la economía local, garantizando que los comercios que los reciban a valor completo puedan utilizarlos para amortizar sus obligaciones tributarias con el Estado, informó la oficina de prensa de la Asamblea Nacional.

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