En pausa las reformas a la carrera administrativa
El proyecto de ley 390 que busca subrogar la Ley 9 de 20 de junio de 1994 representa una reforma estructural del régimen de carrera administrativa al modificar su arquitectura institucional
La reforma estructural del régimen de carrera administrativa se mantiene en análisis por la subcomisión de Trabajo y Desarrollo Social. Durante la sesión más reciente, la directora general de Carrera Administrativa, Sheyla Valdez, aclaró varios puntos polémicos señalados por gremios y funcionarios.
“Se ha mencionado que estamos eliminando el pago de la prima de antigüedad en el proyecto y aclaro que esto no se está eliminando. De hecho, en el artículo 160 redacta perfectamente a quiénes contempla el pago de la prima de antigüedad, incluso se están incluyendo más personas en este pago”, sostuvo la directora.
“Se puede comprender que por muchos años se hicieron muchos intentos en una ley que funcione y yo soy testigo que durante 30 años es muy poco lo que se ha podido avanzar. Me he encontrado manuales con procedimientos que ya no existen”, añadió.
Con respecto a las evaluaciones de desempeño que se introducirían, explicó que “la ley ahorita nos limita a que solamente se aplica para los servidores públicos de carrera administrativa y el objetivo de esta reforma es alcanzar a más servidores. El servidor público que trabaja es profesional, no tiene por qué tener miedo a que esto sea una causal de terminación laboral, porque no se evaluaría discrecionalmente, sino que es una evaluación moderna”.
Valdez explicó que quienes fallen la evaluación inicial tienen seis meses para una prueba complementaria. Sin embargo, cuestionó la permanencia de estos funcionarios si no logran resultados satisfactorios, señalando que la modernización del Estado exige personal que realmente cumpla con los estándares de calidad. La subcomisión presentará un informe y luego de su lectura se conocerá la fecha del primer debate.
ml | Entre los cambios centrales del proyecto se contempla la creación del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), que reemplazaría a la Dirección General de Carrera Administrativa. El INAP funcionaría como ente autónomo con capacidad técnica para diseñar políticas de recursos humanos, administrar el sistema de carrera, coordinar formación de funcionarios y realizar auditorías de cumplimiento. El artículo 2 amplía el alcance al incorporar a más instituciones y servidores públicos, reduce la discrecionalidad para los nombramientos fuera de carrera.
“El proyecto menciona atinadamente algunos de temas como sesgo, fiscalización, ciberseguridad y privacidad, pero no es suficiente. Debe tener una herramienta clara y visible para la ciudadanía, para asegurar la máxima transparencia posible en tema digital”.
“El TAFP es una institución garantista y expresión de la democracia en términos modernos que cumple con los compromisos del país a nivel internacional y exigencias del país de transparencia, rendición de cuentas, justicia efectiva y eficaz, por eso no puede ser posible que una ley borre al TAPF”.
“En el tema de evaluación de desempeño no es un trámite administrativo, un mecanismo punitivo, es el pilar que sostiene la carrera administrativa y el elemento que convierte este proyecto de ley en una verdadera herramienta de profesionalización del Estado”.