Alianza necesaria contra la violencia psicológica
En Panamá, la reciente aprobación de la Ley 517 de 15 de abril de 2026 marca un avance significativo en la protección de la salud mental, al tipificar la violencia psicológica como delito con penas de 5 a 8 años de prisión. Esta norma reconoce la gravedad de conductas como el acoso, el hostigamiento, la humillación y el control emocional, protegiendo a todas las personas sin distinción.
Sin embargo, este importante paso en materia sancionatoria debe complementarse con acciones preventivas, especialmente en el entorno laboral. Desde 2019, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral cuenta con el Protocolo de Atención, Prevención e Identificación de la Violencia de Género en Empresas Privadas, establecido mediante la Resolución N.° DM-733-2019. Este instrumento ofrece lineamientos claros para detectar, atender y prevenir situaciones de violencia psicológica, acoso y hostigamiento en las organizaciones.
Pese a su relevancia, el protocolo no ha recibido la visibilidad ni la implementación que requiere. Su aplicación efectiva permitiría intervenir de manera temprana, evitando que muchas situaciones escalen a niveles que hoy constituyen delitos penales.
La articulación entre la Ley 517 y este protocolo es fundamental. Mientras la ley sanciona, el protocolo previene, identifica y atiende de forma oportuna. Apostar por ambos enfoques es clave para construir entornos laborales más seguros, saludables y respetuosos en Panamá. * Lic. en Trabajo Social y Desarrollo Humano.