Economía

Cepadem: Beneficiaros de fallecidos deberán solicitar reclamos por web

02 de agosto de 2019

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) anunció que a partir del 4 de abril habilitará un formulario digital para el trámite de Certificados de Pago Negociables de la Segunda Partida del Décimo Tercer Mes (Cepadem) de los familiares de beneficiarios fallecidos, para la admisión de reclamos y para efectuar el levantamiento de datos de los beneficiarios no jubilados.

Este formulario estará disponible en la web cepadem.mef.gob.pa y servirá para evaluar la documentación que adjunten los familiares de beneficiaros fallecidos. Olmedo Arrocha, director de Programación de Inversiones del MEF, indicó que decidieron realizar esta etapa de manera digital para evitar las aglomeraciones y largas filas en una oficina. Arrocha explicó que para la solicitud de Cepadem de los beneficiarios fallecidos “se van a presentar varios casos que tendremos que ir analizando y resolviendo uno por uno”. En el caso de los viudos (as), Arrocha señaló que son quienes tienen el 100% del derecho de cobrar el Cepadem, sin tener que dividirlo con los hijos del fallecido. Si la situación es que el esposo (a) también está muerto, los hijos pueden reclamar el documento y este será dividido en partes iguales. “Si son familias organizadas, no hay necesidad de llenar varios formularios. En uno solo pueden agregar la cantidad de beneficiarios, pero estamos claros que este tema generará problemas familiares, así que habrá hijos que llenarán el formulario individualmente y el sistema nos irá notificando cuántas personas están reclamando por el mismo número de cédula”, manifestó. Sobre las parejas que nunca se casaron, señaló que tendrá que verificarse la unión de hecho dependiendo de si fue declarado o no. Otro caso que puede registrarse, es que la pareja al igual que el fallecido tenga derecho a recibir Cepadem, en ese escenario puede reclamar ambos documentos, aseguró el director. Para todos los escenarios los beneficiarios tendrán que adjuntar el certificado de matrimonio vigente al momento del fallecimiento y certificado de nacimiento que compruebe el parentezco con el muerto. Las otras dos solicitudes de reclamo son para los jubilados que ya recibieron el documento y consideren que hubo algún error. Al culminar de llenar los campos del formulario, el sistema le dará al usuario un número de seguimiento para cualquier consulta y así evitar que tengan que ir a la institución.

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Ciara Morris
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