Panamá merece más, un llamado a la responsabilidad ciudadana
Este 27 de agosto se cumplieron seis meses de haber concluido la audiencia ordinaria del caso Odebrecht en Panamá, sin que a la fecha se haya emitido la sentencia correspondiente.
Esta dilación no debe evaluarse aisladamente. Hablamos de un proceso que supera los nueve años de tramitación, tiempo durante el cual las partes procesales han permanecido sujetas a investigación, estigmatización y serias afectaciones personales y profesionales.
En un Estado social y democrático de Derecho, la tutela judicial efectiva exige el estricto respeto del debido proceso y la garantía de un juzgamiento en un plazo razonable. La tardanza en la respuesta de la administración de justicia, perjudica por igual tanto a quien deba ser sancionado como a quien deba ser absuelto.
Resulta justo reconocer que la jueza Baloisa Marquínez demostró la determinación necesaria para encausar finalmente el expediente y celebrar el juicio en enero de 2026, superando años de aplazamientos en una causa de extraordinaria complejidad. Ese hito procesal fue un avance significativo para la institucionalidad.
Por esa misma firmeza procesal, resulta jurídicamente congruente esperar que el tribunal dicte la resolución motivada que corresponda, respetando los términos de la ley procesal penal panameña. No se exige un fallo en determinado sentido —sea de condena o de absolución—, sino la emisión de una sentencia fundamentada estrictamente en la valoración probatoria practicada en el debate oral ya hecho.
Quienes resulten declarados penalmente responsables deberán cumplir la sanción conforme a las garantías constitucionales y legales; mientras que quienes sean absueltos tienen el derecho a que se ponga fin a la persecución penal y recuperar el pleno goce de sus derechos tras casi una década de juzgamiento.
Asimismo, ante eventuales retrasos indebidos o afectaciones arbitrarias a lo largo del proceso, corresponde examinar las responsabilidades pertinentes y habilitar las vías legales para el resarcimiento o la reparación del honor de las personas perjudicadas.
El caso Odebrecht reviste, además, una relevancia dogmática e histórica: al tratarse de una de las últimas causas emblemáticas importantes sustanciadas bajo el derogado Sistema Inquisitivo Mixto, su culminación definitiva marcará el cierre de un ciclo en la historia de la Justicia penal panameña.
Tras años de tramitación y celebrada la etapa del plenario, la discusión no debe centrarse en expectativas de condena o absolución, sino en la exigencia institucional: ¿qué impide que el tribunal emita y notifique la sentencia del caso Odebrecht?
Reconocer la valiente labor jurisdiccional de la juzgadora al llevar la causa a juicio y, simultáneamente, reclamar la pronta emisión del fallo, no constituye una contradicción, más bien representa la exigencia ciudadana y técnica de que la justicia penal cumpla a cabalidad su cometido.
Confío en que la emisión de esta sentencia sea inminente, permitiendo al país alcanzar un avance hacia el fortalecimiento de la seguridad jurídica y el Estado de Derecho.