EDITORIAL : La prima de antigüedad
El pago de la prima de antigüedad es un derecho garantizado por la constitución y la ley a través del Código de Trabajo. Su reconocimiento en el sector público es relativamente reciente y se aplica a todos los empleados del gobierno cuando su relación laboral con el Estado termina, sin importar la circunstancia.
La legislación establece que es un “derecho adquirido” que el trabajador no pierde. En los últimos años, hay un reclamo creciente de exfuncionarios que demandan se salde esa deuda.
Hay una falla en la elaboración de los presupuestos anuales porque no se le pone punto final a una morosidad que no es culpa del exfuncionario.
El Estado tiene la obligación de crear las reservas para que cada vez que un trabajador deja de ser funcionario reciba su prima con rapidez, y tampoco sin esperar tantos años.