Economía

Empresas que reactiven operaciones podrán acordar reducción de jornada laboral con trabajadores

16 de mayo de 2020

En Gaceta Oficial fue publicado el Decreto  Ejecutivo No.96 del 15 de mayo de 2020,  que establece  un proceso laboral especial temporal para la reapertura de las empresas.

En el artículo 4, el documento establece que “las empresas que reactiven  sus operaciones y/o actividades  comerciales, autorizadas por el Ministerio de Salud (MINSA), podrán acordar con los trabajadores  reintegrados  una reducción  de jornada laboral  durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, aplicando lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 71 de  13 de marzo de 2020 y el Decreto Ejecutivo No.  85 del 2 de abril de 2020”.

El documento  también establece  que “para la operación y reactivación gradual de las empresas  y  actividades comerciales decretadas por el Ministerio de Salud, las empresas deben informar a la Dirección  General de Trabajo y Regionales   el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), los datos  requeridos  para el reintegro  de los trabajadores, completando el formulario  digital para tal fin  contenido en la página web de este Ministerio”.

Los trabajadores y las empresas podrán revisar el estado de la suspensión mediante las plataformas  digitales de verificación de MITRADEL Digital.

El Decreto explica que la Dirección de Inspección de Trabajo del MITRADEL,   luego de la orden de reapertura gradual, podrá verificar que las listas de trabajadores reintegrados, entregadas  a la Dirección General de Trabajo y direcciones  regionales respectivas, correspondan a aquellos que se encuentren laborando.

De igual manera, la Dirección de Inspección de Trabajo de MITRADEL podrá confirmar la existencia de la lista de los trabajadores reintegrados.

En caso que las empresas incumplan las medidas sanitarias y laborales  para la reapertura gradual, serán sancionadas por el MINSA  o el MITRADEL según las competencias que correspondan.

Las empresas y trabajadores deben en todo momento ajustar sus actividades al Protocolo para Preservar la Higiene y la Salud en el Ámbito Laboral para la Prevención ante el COVID-19, adoptado mediante la Resolución DM-137-2020 de 16 de marzo de 2020.

 

https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/29025_A/78474.pdf