Opinión

El peligro de la regulación en el Proyecto de ley 841

26 de septiembre de 2022

La semana pasada, hablábamos del cuidado que debemos tener con el Proyecto de Ley de Medicamentos que se encuentra en la Asamblea No. 841. Mencionábamos que el Ejecutivo en su momento tomó la decisión de poner un margen de ganancia de 30% de reducción en los medicamentos que se venden en farmacias y que después tuvo que abrir el mercado en otro decreto por los resultados obtenidos, lo que resultaba incongruente.

Externamos que nos preocupaba mucho el tema de que la Asamblea Legislativa, existiendo el Dialogo Nacional, insistía en promover el Proyecto de Ley 841 sobre medicamentos, conociendo que en estos momentos la ciudadanía entera pareciera que se encuentra pendiente de la Audiencia del Caso Odebrecht, y esto se puede prestar para que se introduzcan artículos que al final no beneficiarían a los consumidores. Revisando el mencionado proyecto nos encontramos con un artículo en el cual se vuelven a regular los márgenes de ganancias o se da una fijación de márgenes, situación que trajó como consecuencia al tomarla el Ejecutivo hace unas semanas, el cierre de la farmacias pequeñas y la falta de medicamentos, en otras palabras creó escasez y desabastecimiento.

Ya El Estado sabe que los altos costos de algunos medicamentos en Panamá, en comparación con otros países, no está impuesto por la cadena de distribución, sino más bien por los precios que les facturan las Farmacéuticas o Fabricantes en el país de origen a los distribuidores e importadores locales. Esto se sabe porque los mismos han entregado a la ACODECO estos precios para ser analizados. Entonces hacer este tipo de regulaciones no va resolver el problema, no traerá ningún impacto positivo y cuidado que lo que hace es empeorar la situación para los consumidores.

Las razones son múltiples que demuestran que en nada ayudará esta decisión. Podemos mencionar que los nuevos inversores se desincentivan o pierden el interés en entrar al mercado a competir, si existen regulaciones. Recuerden que también se hizo un Decreto de abertura del mercado, como se mencionó anteriormente. Como se puede abrir el mercado, que sería la medida más acertada, si mantienes artículos mediante regulaciones. También importante mencionar que las regulaciones deben ser excepcionales y temporales, craso error hacer una ley que no se hable de la transitoriedad y excepcionalidad de la medida. Esta materia está regulada en la Ley 45 de ACODECO.

Del mismo modo es de suma importancia mencionar que al bajar los márgenes, también se bajarían los de los medicamentos de menor costo, bajando la rentabilidad en la cadena de comercialización local El mercado de medicamentos no es elástico, como el de productos de consumo masivo; ya que no importa que tan barato sea el producto porque solamente compras los que necesitas, recetados por tu médico, para que existiera más consumo debe haber nuevos pacientes. Esto demuestra que el crecimiento del consumo es muy poco.

Insistimos en la apertura del mercado, eliminando todas las barreras de entrada, pero con autoridades vigilantes de lo que entra al país. La idea es que puedan entrar competidores internacionales a nuestro mercado para competir y abaratar precio. Si se insiste en este tipo de regulación no tendremos resultados buenos ni rápidos. La realidad es que la mejor salida para el país es eliminar el artículo y cualquiera otra regulación en este tema.

PEDRO M. MEILÁN N.

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* El autor es abogado y exadministrador de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO).

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