Nacionales

Emplean nuevas regulaciones para la publicidad exterior en la capital

01 de agosto de 2019


Las sanciones por el incumplimiento de las reglamentaciones van de los $50 mil a los $400 mil. La Alcaldía de Panamá ha dado hasta seis meses a los empresarios para mover los anuncios mal ubicados.

Cinthia Almanza
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Desde el pasado 7 de enero comenzó a regir en la ciudad capital el Decreto Alcaldicio No. 44-2015 de 23 de diciembre de 2015, el cual estableció nuevas normativas para la publicidad en exteriores.
Esto, entre otras cosas para ejecutar normas claras en el negocio publicitario de espacios abiertos, reducir la contaminación visual en el distrito de Panamá, facilitar los procesos gubernamentales durante el retiro de vallas o anuncios que incumplan las normas, además de frenar la fuga de impuestos municipales, según ha manifestado el alcalde capitalino, José Isabel Blandón.
Ahora con la nueva norma se prohíbe colocar vallas o cualquier tipo de anuncio en instalaciones de estructuras, en isletas y rotondas que separan vialidades aeropuertos, en iglesias, monumentos nacionales, sitios declarados patrimonio histórico de la República, áreas protegidas o declaradas ciudad jardín.
En el caso de los puentes y sobre cualquier vía pluvial, la distancia mínima para la colocación de publiciad es actualemente de 200 metros lineales. En los puentes peatonales y pasos elevados, exceptuando puentes concesionados, sólo se podrá cubrir la parte inferior de la viga hasta el pasamanos. En ningún caso podrán colocarse estructuras sobre la cubierta.
Los anuncios destinados a promocionar una empresa con la finalidad de cautivar al cliente con una oferta o producto, deberán llevar impresa la calcomanía que indique el número único del permiso otorgado por la Alcaldía de Panamá para la activación de la publicidad.
No permitIrán la instalación de anuncios publicitarios que impidan la visibilidad de la señalización vial, la nomenclatura que afecten las condiciones de seguridad vial y el tráfico. Las vallas perimetrales y/o vallas de cerramiento perimetral, deberán tener las dimensiones máximas de 2.40 m x 5.00 metros, incluye estructura de soporte.
Edificios y Kioscos
Los anuncios en los edificios tendrán que ser colocados dentro de la línea de propiedad del inmueble sin que su instalación, estructura, iluminación, soporte ni anuncio publicitario invada la servidumbre pública ni su espacio aéreo. Los kioscos tendrán un máximo de 3.50 metros de largo por 2.50 metros de ancho y su distancia será determinada por el Municipio de Panamá.
Se recordó que los empresarios tienen hasta seis meses para remover los anuncios que estén mal ubicados.
Las sanciones por el incumplimiento de las nuevas reglamentaciones van de los $50 mil para las empresas que tengan entre uno y 25 anuncios publicitarios, hasta $400 mil para aquellos que tengan más de 200 anuncios. Mario Barcenas, presidente de la Asociación Panameña de Agencias de Publicidad dijo que la medida es positiva, ya que el valor de pauta no seguirá cayendo por demasiadas opciones.

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