Opinión

Meilán: Derecho de jubilados, pensionados y de la tercera edad

14 de diciembre de 2020

He estado reflexionando sobre los derechos establecidos en la Ley 6 de 16 de junio de 1987, mejor conocida como Ley de Jubilados.

Lo primero que me viene a la mente es la mala denominación que se le da a la misma al utilizar la denominación de Ley de Jubilados.

Esto es así, porque la menciona ley ampara derechos que no solamente son inherentes a los jubilados, sino también a los pensionados y las personas de tercera edad. 

Es de suma importancia que las personas que se encuentran en los mencionados rangos conozcan sus derechos y desde cuando les aplican los beneficios de la Ley 6. En el caso de los jubilados se otorgan los derechos desde el momento que se cumplan los 62 años para los hombres y 57 años para las mujeres.

Las personas de tercera edad tendrán derecho a sus descuentos desde que los hombres cumplan los 60 años y las mujeres cumplan 55 años; y en el caso de los pensionados no existe algún rango de edad, solamente el hecho de tener una condición física, psíquica o de cualquier índole que le permita calificar como pensionado.  

Ahora bien, conociendo estos derechos a descuentos que tiene estas personas, debemos preguntarnos si en los momentos que vivimos en Pandemia, los comercios o agentes económicos están dispuestos a respetar los preceptos que les obliga la Ley 6.

La pandemia nos ha cambiado la vida y la forma de hacer muchas cosas, entre ellas las compras de bienes y servicios, que hemos tenido en muchas ocasiones que hacerlas por reparto a domicilio, los llamados delivery.

Las personas jubiladas, pensionadas y de tercera edad son las que más deben cuidarse de salir de casa por su condición de edad y de salud, conociendo en la forma tan agresiva que se está comportando el COVID-19; por lo tanto les es de beneficio utilizar el servicio a domicilio.

La pregunta que nos hacemos es si se están respetando sus derechos en compras a domicilio; en donde correspondan o por el contrario tenemos en el mercado comercios que jugando vivo no lo hacen.

De ser cierta la respuesta debe caerles todo el peso de la ley por su incumplimiento, pero peor aún, por la falta de solidaridad con nuestros jubilados, pensionados y personas de la tercera edad, que han dado toda su vida en pro de construir un mejor país.

De tener estos problemas puede presentar su denuncia en ACODECO, pero a la vez con la llegada de las redes sociales no hay que cosa que le tema más el comercio que a una mala publicidad.

Esto quiere decir que usted tiene el poder y el deber de presentar su denuncia por los medios que estime conveniente.

 

MAGISTER PEDRO M. MEILÁN N.
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@metrolibrepty 

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