Opinión

Teletrabajo: consecuencias inesperadas

27 de julio de 2020

No es lo mismo un trabajador en su puesto físico durante su jornada en una empresa, que un teletrabajador sentando ocho horas frente al computador justificando que está laborando, son dos conceptos distintos.  

Según la Real Academia de la Lengua Española (RAE), la definición de teletrabajo es: Trabajo que se realiza desde un lugar fuera de la empresa utilizando las redes de telecomunicación para cumplir con las cargas laborales asignadas.  

Enfoquemos en la última parte, “cumplir con las cargas laborales asignadas”, es una verdad a medias y una de las consecuencias del teletrabajo, como alternativa a una situación mundial que obligó a ser utilizada para intentar salvaguarda la vida de los trabajadores y la sobrevivencia de las empresas.

El trabajo presencial estaba fundamentado en que las relaciones interpersonales permitían un flujo de ideas y comunicaciones que no estaban limitados por fronteras virtuales formado parte de la carga laboral.

Al transformar la presencia física en virtual se interpreta que hay tareas que un trabajador puede realizar fuera de la oficina y no se requiere su presencia en el puesto de trabajo dentro de la empresa. Si eso es así, se está prescindiendo de la carga de intercambio de ideas y comunicaciones presenciales a una modalidad de objetivos puntuales en cuanto a las asignaciones que puedan ser medidas y cuantificadas. 

Si añadimos que las empresas pueden estarse ahorrando porcentajes significativos en infraestructura por la ausencia de trabajadores físicos, ¿Qué otros porcentajes se ahorran las empresas debido al teletrabajo?   ¿Puede el teletrabajo propiciar restructuraciones al dejar descubierto factores como disminución de carga laboral?  La respuesta es sí, dependiendo como se entienda y aplique el concepto de teletrabajo vs trabajo presencial como consecuencia inesperada. 
* El autor es asesor en tecnología. 

 

Gabriel Perea
[email protected]
 

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