Nacionales

Cuarentena bajo la lupa

25 de marzo de 2020

 El Ejecutivo decidió ampliar a partir de ayer  el toque de queda las 24 horas del día. Sin embargo  se establecieron excepciones para miembros de los estamentos de seguridad pública, servidores públicos dedicados a atender la situación del Covid-19, personal  de los hospitales.

Se excluye  el Metro de Panamá y Mi Bus, y las empresas contratistas que le prestan sus servicios, así como el transporte público, colectivo y selectivo, por motivos de salud y laboral.

Colabores de la Autoridad del Canal de Panamá, además de contratistas críticos deben estar debidamente identificados, están dentro de las excepciones, el cual incluye a los empleados de la Empresa  de Autopistas (ENA).

Dentro de las industrias exceptuadas están: farmacéuticas, droguerías y cualquiera que brinde artículos e insumos de la salud pública, la industria agropecuaria, agroalimentaria, generación, transmisión, distribución y operación de energía.

Las empresas de limpieza, supermercados, hipermercados, minisúper, mercaditos, abarroterías, hoteles, hostales, pensiones para alojamientos,  plantas procesadoras, empacadoras, distribuidoras de alimentos y bebidas, compañías de seguridad y transporte de valores, gasolineras, empresas de distribución, suministro y transporte de combustibles líquidos.

Transporte marítimo y de logística, compañías de telecomunicaciones, medios de comunicación y sus distribuidores.

Los abogados para ejercicio de la defensa para personas detenidas dentro de toques de queda podrán brindar el servicio, así como los bancos, financieras, casas de empeño, cooperativas, seguros, proveedores del servicio de procesamiento electrónico de transacciones, cheques e imágenes a instituciones financieras.

Los call center, funerarias, empresas que presten servicio de impresión de etiquetas de alimentos, medicamentos, insumos médicos, de higiene y limpieza. 
 

BLANCA MENDOZA PINEDA
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