Política

El polémico Voto Censura en las reformas al reglamento de la Asamblea

02 de agosto de 2019

La propuesta de modificar al Reglamento Orgánico de Régimen Interno de la Asamblea Nacional, presentada por el diputado Juan Diego Vásquez, incluye una serie de cambios e inclusive adiciona nuevos artículos. Uno de ellos es el “Voto Censura”, que sería una nueva facultad que tendrían los diputados sobre los Ministros de Estado.


El artículo que se propone introducir es el 216-A, exclusivo sobre la “Sanción frente al Voto de Censura”, que señala que “luego de la aprobación del voto de censura, como lo establece la Constitución Nacional en su artículo 161 numeral 7, el Ministro o la Ministra de Estado que haya recibido el voto de censura deberá poner su cargo a disposición del Presidente de la República en un tiempo no mayor de 10 días”.


Para el constitucionalista Silvio Guerra esto no sería cónsono con la Constitución de Panamá. Difieren otros abogados, los cuales indican que esto reforzaría el poder que establece la Constitución y así la Asamblea cumpliría su papel fiscalizador.


“El voto de censura en los sistemas presidencialistas no es que no pueda existir, puede darse de una forma constructiva, pero para el caso panameño no cabe, porque el jefe de Gobierno de Panamá también es jefe de Estado, entonces mal podría la Asamblea a través de una reforma a su reglamento instituir la figura de voto de censura, pretender si se quiere designar las figuras que por ley le corresponde al Presidente”, expresó Guerra.


Para el jurista Juan Carlos Araúz, “es un mecanismo eficiente para dar sanción a violaciones a la Constitución y a la Ley que hoy día no tienen ningún tipo de consecuencia en la vida jurídica. Es dar vida a lo que se regula en la Constitución sobre faltas o incumplimiento a preceptos que contiene la Carta Magna y no están tipificados como delitos”.


Por su parte, el abogado Miguel Antonio Bernal consideró que “esto es un reflejo de la urgencia que hay de parte de la sociedad civil de que se vaya ejerciendo un mayor control frente a los abusos de autoridad que cometen ciertos funcionarios, particularmente los ministros y que la Asamblea pueda jugar un papel fiscalizador, como le corresponde”.

Perfil Juan Diego Vásquez es diputado por San Miguelito (8-6) y jefe de la Bancada Independiente de la Asamblea Nacional. Es licenciado en Derecho y Ciencias Políticas y actualmente estudia Criminología. Tiene 23 años. Fue miembro de la Comisión Evaluadora de la Sociedad Civil para escoger los Magistrados para el periodo 2015-2025.

Prohibición de bonificaciones, multas y retención de salario entre las propuestas

ML | Entre las propuestas del documento presentado en la Asamblea Nacional está que se modifique el artículo 71, que habla sobre las funciones de las Comisiones Permanentes y sugiere que se establezca que “siempre que existan temas pendientes en el orden del día, y el Presidente o Presidenta no convoque a la reunión semanal obligatoria el mismo será sancionado con una multa equivalente a una tercera parte de su salario base”.


Respecto al artículo 86 que se refiere a las sesiones ordinarias, extraordinarias, judiciales o especiales, propone que “se le descontará de sus emolumentos lo proporcional a un día de labores al diputado que se ausente de la Sesión Plenaria y no haya presentado solicitud de licencia de la manera que lo determina el Reglamento de la Asamblea”.

Respecto al artículo 229 que trata sobre la remuneración de los miembros del Legislativo, se agrega en el anteproyecto que “queda prohibido para los miembros de la Asamblea Nacional recibir cualquier clase de bonificación o recompensa”. Además adicionan el artículo 237-C que indica que “diputados y diputadas que no cumplan con las disposiciones de transparencia y rendición de cuentas serán sancionados con una multa equivalente al doble de su salario”.

T. Jiménez/R.Álvarez
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