Opinión

Estado de emergencia

03 de agosto de 2022

Panamá vive todavía, de hecho, el estado de emergencia económico de graves consecuencias humanas. Sin embargo no se aplicó el Estado de Emergencia prescrito por la Constitución para salvaguardar el orden público. El artículo 55 de la Carta Política señala: “En caso de guerra exterior o de perturbación interna que amenace la paz y el orden público se podrá declarar en estado de emergencia toda la República o parte de ella y suspender temporalmente, de modo parcial o total, los efectos de los artículos 21, 22, 23, 26, 27,29, 37, 38 y 47 de la Constitución”.

Ante el temor de que estallara la violencia en los operativos del cierre y desalojo de la carretera Transmitida por la policía, se optó por una mesa de negociación con gremios, un solo sindicato, sin la indispensable presencia de los productores del aparato económico. Uno de los principales deberes de la Fuerza Pública – dice el artículo 310 de la Constitución – “Para la conservación del orden público, la protección de la vida, honra y bienes de quienes se encuentren bajo jurisdicción del Estado y para la prevención de hechos delictivos, la ley organizará los servicios de policía necesarios con mandos y escalafón separados”.

Al vacío creado por la interrupción de la logística del transporte de insumos, se ha aumentado el listado de productos de primera necesidad subsidiados por el Estado. El subsidio es un espejismo de abaratamiento, puesto que con una mano se saca del bolsillo el dinero fiscal, entregado por los contribuyentes y con otra mano se recarga a los mismos contribuyentes el peso de la inflación y la deuda interna y externa. Los efectos del control de precios son conocidos en todas partes. Sólo gestan, tarde o temprano, escasez y por ende la carestía de los productos controlados, porque afectan tanto a consumidores, como productores y comerciantes mayoristas y minoristas. Se ha invitado a los representantes de la empresa privada con inadmisible tardanza, después de haberse aumentado y oficializado el listado de los productos regulados sin escuchar sus puntos de vista, en medio de las arengas de los extremistas que, con su sectarismo, le rompieron las patas a la mesa.

Paradójicamente el régimen enfrenta la oposición de trabajadores y empresarios. 

No dudamos de las buenas intenciones políticas de evitar un baño de sangre entre panameños mediante el diálogo. Nadie desea algo parecido. Pero la Fuerza de Tarea Conjunta no es represora: tiene la misión constitucional de preservar el orden público. 

Pero no lo hizo, siguiendo instrucciones políticas, presuntamente pacifista. Ha sido penoso apreciar que la policía solamente fue espectadora de los desmanes y actos vandálicos de los violadores del orden público. Se resignó a ser una fuerza inerte, sin cumplir su tarea conjunta, sin conjunción para abrir la carretera interamericana, a pesar de la legitimidad constitucional de sus funciones. 

En la Alemania de principios del siglo XX, la inercia de la República de Weimar permitió que la democracia fuera arrollada por Hitler al mando del nazismo.

 La ineficiencia de la monarquía italiana abrió la puerta del fascismo depredador de Mussolini. Un puñado de bolcheviques dirigido por Lenin aprovechó las vacilaciones de Kerensky para tomar el poder. Cuba hace cincuenta años usa la fuerza armada para reprimir las protestas del pueblo sin libertad y con hambre. Chávez y Maduro usaron y usan el ejército para corromperlo y perpetuar la tiranía ideológica y la miseria económica. Si no escuchamos las voces de la historia, dijo un filósofo, estamos condenados a pagar sus más nefastas consecuencias.

Mario Castro Arenas
[email protected]
* Abogado. 

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