Opinión

Beneficios de jubilados, tercera edad y pensionados en hospitales, clínicas y servicios médicos

18 de octubre de 2021

En diferentes ocasiones hemos tocado el tema de los descuentos para jubilados, tercera edad y pensionados según la Ley de 1987. Tenemos que recordar que toda persona nacional o extranjera residente tiene derecho a exigir sus descuentos.

La forma más sencilla de poder demostrar su calidad de beneficiario de la ley es a través de la cédula de identidad personal que dice nuestra edad, para un jubilado es de 62 años para hombres y 57 para mujeres. En el caso de la tercera edad es de 60 años para hombres y 55 para mujeres. Si por el contrario es pensionado entonces tendrá que presentar su carnet de la condición porque muchos pensionados no llegan a las edades mencionadas anteriormente.

Hoy tocaremos el tema de los hospitales y clínicas privadas tan importante en los momentos que estamos viviendo; en donde los beneficarios de la ley tienen derecho a un descuento del 15% de la cuenta total que se generó en el hospital o la cínica.

Es importante que quien le factura la cuenta desglose la misma para poder determinar y delimitar los servicios de hospital que entran dentro del descuento. Esto es así, debido a que no se quiere crear una confusión con otros tipos de servicios médicos que también tienen su descuento pero con otros porcentajes, como consultas médicas, cirugías, etc., que no deben ser aplicados dentro de la cuenta que generó la factura, ya sea del hospital o de la clínica. 

Ahora bien, es el momento de mencionar que también los beneficiarios tienen derecho a su descuento en servicios médicos, y es por esa razón que se no debe aplicar en el descuento antes mencionado y explicado.  Los servicios médicos incluyen un descuento del 20% en los honorarios por consultas de medicina general, al igual que en especialidades médicas e inclusive en los temas quirúrgicos.

En estos casos específicos la aplicación del descuento se entenderá sobre los honorarios o costos de las consultas de medicina general y todas las especialidades médicas y quirúrgicas. De la misma manera califican en estos descuentos de servicios médicos, los servicios odontológicos o tratamientos bucales con un 15% y los de optometría o de los ojos con otro 15% de descuento.

Somos del criterio que hay que estar permanentemente dando divulgación, educación y orientación sobre los temas de descuentos de jubilados, pensionados y tercera edad. Se debe hacer con el fin de que nuestros adultos mayores no lo olviden y que también se beneficien aquéllos que desconocen los beneficios de la Ley.

Todos en algún momento llegaremos a edad dorada en donde todo este tipo de ayudas van a ser de gran beneficio para nuestro bolsillo. Hay que redoblar esfuerzos para que se creen programas que informen sobre estos temas y muchos otros que son de ayuda a la comunidad en general.

 

Magíster Pedro M. Meilán 
pedro.meilan@meilanya
 

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