Opinión

Código de Ética, para qué

06 de abril de 2021

El Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos que laboran en las entidades del Gobierno Central establece en su artículo 25 con respecto al uso adecuado de los bienes del estado entre otras disposiciones lo siguiente: El servidor público debe proteger y conservar los bienes del Estado.

Debe utilizar los que le fueran asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento.

Las disposiciones de este además establecen en su artículo primero que son de obligatorio cumplimiento para todos los funcionarios o servidores públicos, sin perjuicio de su nivel jerárquico, que presten servicios en las diferentes instituciones del gobierno central, entidades autónomas o semiautónomas, lo mismo que en empresas y sociedades con participación estatal mayoritaria.

Quien redactó estas disposiciones éticas en un código obligatorio para todos los funcionarios o servidores públicos definitivamente era un idealista que apelaba a que se cumplieran en una sociedad distinta a la criolla. Sería interesante preguntar cuántos ciudadanos conocen que existe el mencionado código.

La respuesta seria evidente, ni lo conocen y muchos menos sabrán que hacer más que tal vez insinuar algo en publicaciones anónimas en las redes sociales. Y ni imaginar que el que este involucrado sea un superior jerárquico nadie se atreverá a cruzar la línea con una denuncia.    

Mas allá de las redes, no pasará nada y aunque se denuncie al preguntar algún funcionario sobre una denuncia nunca saben nada o desconocen el asunto sin importar que este en los celulares de todo Panamá.

Este código es letra muerta en una sociedad hipnotizada por asuntos intrascendentes. * M.Sc. Adm. Industrial. 

 

Gabriel J. Perea R.
[email protected]
 

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