Opinión

Protocolo de atención

23 de marzo de 2020

La violencia de género es un problema que afecta el desarrollo y la convivencia de la vida en sociedad.

En Panamá, la violencia de género, a través de las actitudes sexistas y discriminatorias, que conllevan la comisión de hecho como violencia doméstica, sexual, el acoso sexual, laboral y el hostigamiento cometido en espacios laborales reflejan que son las mujeres las principales víctimas de estos delitos.  

En Panamá, según cifras del Ministerio Público, la violación doméstica es un delito en el cual el 80% de las víctimas son mujeres y tiene diez años de estar entre los primeros delitos que se cometen en el país.

Respecto de los delitos sexuales, el 90% de las víctimas son mujeres y concretamente los delitos de acoso sexual presentados ante las fiscalías del país, el 100% de las víctimas son mujeres.

En artículo No.29 de la ley 82, se presentan las obligaciones que competen al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, unas de las obligaciones en el numeral 5, es la elaboración de un modelo de procedimiento de quejas contra todo tipo de violencia laboral, que sirva de base para ser adecuado, y utilizado obligatoriamente por las empresas privadas.

Sobre esta base y como compromiso de país, se ha realizado un esfuerzo de  colaboración con SUMARSE e importantes actores como el Instituto Nacional de la Mujer, FUNDAMORGAN Y LA Agencia de Cooperación Española/ AECID, como fruto de esa colaboración conjunta se ha obtenido el documento oficial del “Protocolo para Identificar, Prevenir y Atender la Violencia de Género en el Ámbito Empresarial”, con este instrumento, ofreceremos una guía para orientar y establecer los procedimientos mínimos para abordar la violencia de género en el entorno laboral y brindamos aportes tangibles para un cambio social con equidad  y justicia, que proteja a las personas más vulnerables a ser víctimas de cualquier tipo de violencia de género.  

 

Abdiel Castrellón Gómez
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* El autor es Investigador social y relacionista público.

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