Opinión

Revisando las reformas constitucionales

16 de octubre de 2019

El 11 de octubre, Comisión de Gobierno de la Asamblea emitió concepto favorable sobre Acto Constitucional Reformatorio de la Constitución Nacional vigente, el cual hizo entrega al Pleno de la Asamblea Nacional.

El documento esta compuesto por 12 artículos temáticos y propone la modificación de 29 más. Adiciona además 9 artículos al texto de la actual Constitución.

Estos cambios nos mueven a expresar nuestras opiniones sobre su contenido, sobre aspectos que nos llaman la atención por sus particularidades.

1. Mediante modificación del articulo 203, el cual exige que los Magistrados de la Corte Suprema sean nombrados mediante acuerdo del Consejo de Gabinete, con sujeción a la aprobación del Órgano Legislativo, para un período de diez años, se propone elevar a rango constitucional al Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo, como entidad que tendría la atribución exclusiva de proponer los candidatos al cargo de Magistrado de la Corte Suprema.

Esta atribución no está incluida, y por ende no esta autorizada, por el Decreto que crea originalmente este grupo denominado Concertación Nacional.

Esto constituiría una arrogación, o apropiación indebida de facultades que constitucionalmente solo pertenecen al Presidente de la República y su Gabinete. Redireccionarla constituye un delito de “desviación del poder”. 

2. Se sugiere la incorporación de la Caja de Seguro Social a rango constitucional. Este tema requiere un amplio debate. 

3. Reformas no abordan el tema central de reestructurar el Estado para eliminar presidencialismo y tener una moderna distribución del Poder Público. 

 * El autor es ingeniero.

Cristóbal Silva
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