Proceso sancionatorio a Sujetos no Financieros
En Gaceta Oficial fue publicado el acuerdo No JD-03-2020 de 16 de octubre de 2020 de la Superintendencia de Sujetos No Financieros “que establece el proceso administrativo sancionatorio en materia de prevención del blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, aplicable a los sujetos obligados no financieros”.
En el acuerdo, la Junta Directiva de la Superintendencia de Sujetos No Financieros resuelve “establecer el proceso administrativo sancionatorio de la Superintendencia de Sujetos No Financieros (en adelante Superintendencia) aplicable a los sujetos obligados no financieros por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 23 de 27 de abril de 2015 en el Decreto Ejecutivo No 363 de 13 de agosto de 2015 y en los acuerdos o resoluciones emitidas por la Junta Directiva y el Superintendente, así como a los agentes residentes por el cumplimiento de la ley 129 de 17 de marzo de 2020 y sus reglamentaciones”.
El proceso administrativo sancionatorio aplicará a todos los sujetos obligados no financieros indicados en el artículo 40 de la ley 124 de 2020 y a los agentes residentes que resulten responsables por el incumplimiento de la ley.
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